El Banco Central de Chile en su condición de organismo autónomo y de carácter técnico, de rango constitucional, tiene por objetivo velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, para lo cual el ordenamiento jurídico le ha conferido amplias potestades normativas en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales (arts. 108 y 109 de la Constitución, art. 3° y Título III de su Ley Orgánica Constitucional).