Prensa


miércoles 30 de junio de 2021

Banco Central de Chile publica nueva regulación que permite ofrecer servicios de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Extranjera

 

Esta iniciativa constituye un importante avance en la Agenda de Regulación Financiera del BCCh, orientada a fortalecer las infraestructuras de los mercados financieros.

El Banco Central de Chile (BCCh), en ejercicio de sus atribuciones legales vinculadas con su función de velar por el normal funcionamiento de los pagos, desarrolló un nuevo marco de regulación aplicable a las Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor (CCAV).

Este nuevo marco permitirá a una o más entidades privadas la implementación y operación de CCAV en moneda extranjera (CCAV FX) destinadas a realizar la compensación de los pagos originados en operaciones de cambios internacionales, efectuadas en el mercado spot por instituciones financieras, correspondientes a compras y ventas de dólares de los Estados Unidos de América contra moneda nacional. Adicionalmente, a través de esta reestructuración normativa, se fortalecen los requerimientos prudenciales aplicables a las Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Nacional (CCAV MN) vigentes.

La regulación mencionada fue sometida a un proceso de consulta pública a partir del 15 de enero de 2021, por el período de un mes. Algunos de los comentarios recibidos fueron considerados en la regulación final publicada hoy. Adicionalmente, se dispone de una minuta que comenta y responde los principales temas expuestos por el sector privado en el mencionado período de consulta pública.

A través del establecimiento de una CCAV FX, el BCCh busca promover algunos beneficios para el sistema financiero, entre los que se cuenta:

  1. Canalizar el mercado cambiario local, que actualmente es Over the Counter (OTC), a través de infraestructuras que siguen las mejores prácticas internacionales (PFMI[1], 2012).

  2. Coordinar un sistema de pagos bajo el estándar internacional Payment versus Payment (PvP) tanto a nivel de compensación como de liquidación entre los participantes, asegurando que el tramo peso sólo se liquide una vez que el tramo dólar también lo haga, mitigando de esta manera el riesgo de liquidación presente en este tipo de transacciones.

  3. Mejorar la gestión de liquidez de los bancos, con menor riesgo operacional y financiero, además de la potencial reducción de activos para cálculo de los Activos Ponderados por Riesgo (posiciones netas en vez de brutas, incorporación de mecanismo PvP).

  4. Desarrollar un sistema de pagos robusto para operaciones cambiarias locales, que coexistiría con la futura operación del peso chileno en el Sistema Continuous Linked Settlement (CLS). Este último, a diferencia de las CCAV FX, tiene la capacidad de compensar y liquidar operaciones transfronterizas y entre instituciones extranjeras, que a su vez tienen un potencial de crecimiento en el contexto de la internacionalización del peso.

El marco de regulación que el BCCh incorporará a su Compendio de Normas Financieras (CNF) para sustentar el funcionamiento de esta infraestructura, consiste en los siguientes cuerpos normativos, remplazando al Capítulo III.H.5 vigente:

  • Capítulo III.H.5 “Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor”, que establece los lineamientos generales para este tipo de Cámaras, sus componentes, procesos de gestión de riesgos y requisitos tanto para la compensación en moneda nacional como en moneda extranjera.

  • Capítulo III.H.5.1 “Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Nacional” que establece lineamientos específicos aplicables a la compensación de instrucciones de transferencias de fondos (ITF) en moneda nacional.

  • Capítulo III.H.5.2 “Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Extranjera”, que establece lineamientos específicos aplicables a la compensación de ITF provenientes de transacciones spot peso-dólar.

Las entidades interesadas en implementar una CCAV FX que cumplan con los requisitos establecidos en este nuevo marco regulatorio, deberán presentar el respectivo Reglamento Operativo con los detalles de funcionamiento de esta Cámara, el cual deberá ser aprobado por el BCCh, así como realizar posteriormente las pruebas operacionales necesarias para liquidar sus operaciones en el Sistema LBTR, tanto en moneda nacional como en dólares.

 

[1]Principles for Financial Markets Infrastructures” (PFMI), elaborados por el Committee on Payments and Markets Infrastructures (CPMI) y por la International Organization of Securities Commissions (IOSCO).

 
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